En Blanco y Negro
04-06-2012 12.00

AFIP también se equivoca

Con el tiempo quedó claro que ni una cosa ni la otra. La resolución 3333 favorece a aquellos pasajeros que necesiten comprar dólares para viajar al exterior; porque si tienen disponibilidad de acuerdo a su declaración jurada de bienes y ganancias, se flexibiliza la posición de la AFIP y autoriza la compra en función de los ingresos declarados.
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Las últimas dos semanas estuvieron llenas de incertidumbres para el sufrido ciudadano argentino que debe lidiar cotidianamente con su realidad económica.
Independientemente de estar de acuerdo o no con las medidas económicas y la restricción en la compra de dólares, el hombre común está lleno de dudas por la ausencia de información, o peor aún, por la desinformación que provoca la falta de una versión oficial acerca de qué va la cosa.
Lo sucedido con el comunicado de prensa de la resolución 3333 de la AFIP días atrás fue un poco más de lo mismo.
Un comunicado bien elaborado no deja espacios para dudas, y si a ello le agregamos la falta de un vocero que explicara cómo se implementaría la nueva herramienta de la AFIP,  el resultado dejó el espacio para que aparecieran muchos grises y a partir de ellos, tanto periodistas como interpretadores de la realidad nacional, sólo aportaron confusión y temor al pasajero vernáculo.
Mientras el gran diario argentino y su red de difusión electrónica asustaban con el posible impedimento de viajar fuera del país y aludía a semejanzas con Cuba o Venezuela, los menos opositores especulaban con controles cruzados para saber de dónde sale el dinero para los viajes al exterior.
Con el tiempo quedó claro que ni una cosa ni la otra. La resolución 3333 favorece a aquellos pasajeros que necesiten comprar dólares para viajar al exterior; porque si tienen disponibilidad de acuerdo a su declaración jurada de bienes y ganancias, se flexibiliza la posición de la AFIP y autoriza la compra en función de los ingresos declarados.
¿Cambió algo? La verdad es que sí, quien tenga sus números medianamente en orden podrá disponer de su dinero para comprar divisas al cambio oficial cuando el motivo de la misma sea por viajes al exterior. Antes no había excepciones y hoy sí.
Para llegar a esta conclusión pasaron más de diez días y muchas horas de consulta con funcionarios de la AFIP que tuvieron que consultar a su vez con otros funcionarios y así hasta llegar a clarificar el tema.
Hubiese sido mucho menos traumático para todos que la explicación se diera antes de lanzar la medida y no ya con el hecho consumado, ya que de esta manera la duda y el temor fueron los primeros síntomas de que algo estaba mal, cuando en realidad no lo estaba.



OScar Maguna dijo...

tengo la sgte duda, mis hijos viajan al exteri-viaje d e un proyecto estudiantil , ellos aun no hacen declaraciones jurada de bienes menos de ganancias. ante la afip cada padre tendria que llenar el formulario? o puede ser a travez del colegio ya que el dinero surgio de un proyecto que se trabajo durante todo un año.

2012-06-04 15:26:35


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